Acuerdo entre el Ayuntamiento de Castellón y los Registradores de la Propiedad, a efectos de la comunicación prevista en el artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria.

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mayo

Acuerdo entre el Ayuntamiento de Castellón y los Registradores de la Propiedad, a efectos de la comunicación prevista en el artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria.

mayo 20, 2013 Documentacion

El pasado día 17 de mayo se firmó un acuerdo entre el Ayuntamiento de Castellón y los Registradores de la Propiedad de Castellón por la que la comunicación a que se refiere el Art. 254 de la Ley Hipotecaria podrá realizarse directamente en las Oficinas del Registro de la Propiedad por el adquirente o la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate, en las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso.
El Registro remitirá al Ayuntamiento una copia de la comunicación presentada, utilizando para ello, siempre que sea posible, medios telemáticos.

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