Acuerdo entre el Ayuntamiento de Castellón y los Registradores de la Propiedad, a efectos de la comunicación prevista en el artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria.
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mayo
Acuerdo entre el Ayuntamiento de Castellón y los Registradores de la Propiedad, a efectos de la comunicación prevista en el artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria.
El pasado día 17 de mayo se firmó un acuerdo entre el Ayuntamiento de Castellón y los Registradores de la Propiedad de Castellón por la que la comunicación a que se refiere el Art. 254 de la Ley Hipotecaria podrá realizarse directamente en las Oficinas del Registro de la Propiedad por el adquirente o la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate, en las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso.
El Registro remitirá al Ayuntamiento una copia de la comunicación presentada, utilizando para ello, siempre que sea posible, medios telemáticos.
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