CONCURSO. Clasificación de créditos 24/02/2015

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-SENTENCIA DE 24 DE FEBRERO DE 2015

RESEÑA

La condición resolutoria inscrita en el Registro de la Propiedad convierte al crédito garantizado en singularmente privilegiado.

RESUMEN

En un contrato de cesión de suelo por obra futura se garantiza la obligación de entrega de las futuras viviendas con condición resolutoria inscrita en el Registro de la Propiedad y con aval bancario.

La condición resolutoria inscrita y vigente al tiempo de declararse el concurso convierte el crédito en singularmente privilegiado, no siendo óbice para ello el que exista garantía real y personal (aval). Art. 90.1.4º y 90.2 LC