HIPOTECA. Ejecución 06/03/2015

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-SENTENCIA DE 6 DE MARZO DE 2015

RESEÑA

Desahucio por precario de vivienda hipotecada, propiedad del marido, cuyo uso se adjudicó a hijo y esposa en pleito matrimonial, y que luego fue subastada y adquirida por un tercero.

RESUMEN

STS 992/2015, de 6 de marzo: el derecho de uso a la vivienda familiar concedido mediante sentencia es un derecho familiar cuya titularidad corresponde al cónyuge a quien se atribuye la custodia o a aquel que se estima, no habiendo hijos, que ostenta un interés más necesitado de protección.

Ejecutado el inmueble que garantizaba con hipoteca la deuda contraída por el marido para la adquisición del mismo antes de la celebración del matrimonio, no puede oponerse la posesión derivada del derecho de uso atribuido a la esposa.